jueves, 22 de octubre de 2015
martes, 20 de octubre de 2015
CASO 3
·
1. ¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el
representante para que los aprendices identifiquen sus faltas?
Dentro del artículo 9 Deberes del Aprendiz, en el punto 3, se
establece. “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren
totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite
administrativo correspondiente”, por otro lado teniendo en cuenta el mismo
artículo numeral 14, el cual cita “Portar permanentemente y en lugar visible el
carné que lo identifica como Aprendiz SENA….”, por tal razón se puede decir que
los aprendices del programa de Tecnología en Contabilidad y Finanzas deberían
portar el carné actualizado en lugar de identificarse con le tarjeta de
identidad o cedula de ciudadanía.
En lo que respecta al ingreso a la plataforma por personas
diferentes al aprendiz; dentro de los Deberes del aprendiz, parágrafo 1,
literal c. se establece “Ingresar a la plataforma virtual, debidamente
identificado con el respectivo código de acceso, personal e intransferible.
El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad, para
el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto
no debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su
competencia directa y asumirá por ello las responsabilidades correspondientes”
·
2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los
datos básicos actualizados?
Frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados, el
reglamento identifica que dicha actividad se requiere para acceder a los
diferentes trámites administrativos. Aunque hace un énfasis especial en el
Desarrollo de la Etapa Productiva artículo 13, donde se menciona “El Aprendiz
es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este
sistema, verificar que correspondan a los registrados en el sistema para la
gestión de la formación y consultar periódicamente las oportunidades de
contrato de aprendizaje que reportan los empresarios”
- 3. ¿Están obligados lo aprendices
a participar en la visita técnica
En el artículo 9
sobre los deberes del Aprendiz SENA, ciertos numerales establecen:
1. “Cumplir con todas
las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de
mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva”
4. “Participar en las
actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el
programa
de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje”
9. “Asumir con
responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas,
pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e
internacional, así como en las demás de carácter lúdico - pedagógico”
Según lo anterior no se establece textualmente una
obligatoriedad al respecto, pero si se requiere el cumplimiento y
responsabilidad por el cumplimiento a este tipo de actividades.
jueves, 15 de octubre de 2015
miércoles, 14 de octubre de 2015
Mi Nombre Es Joel Omar Martínez Gómez, Nací en Tambo Cauca
Actualmente vivo en popayán.
8 Años De Experiencia En Medios De Comunicación , Trabaje en canales locales y nacionales.
Soy Realizador Audiovisual Egresado Sena.
Como Proyecto De Vida Quiero Montar Mi Propia Empresa de Contenidos Digitales.
Me Encanta Hacer Radio Es Una De Mis Pasiones , Mi Deporte favorito son las barras.
Actualmente vivo en popayán.
8 Años De Experiencia En Medios De Comunicación , Trabaje en canales locales y nacionales.
Soy Realizador Audiovisual Egresado Sena.
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